SALE OF PROPERTY/ VENTA DE PROPIEDAD Cienfuegos 1829
Item
Rights
Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba
Publisher
University of Galway
Format
JPG
Type
Manuscript
Number of pages
2
Source
Archivo Histórico Provincial, Cienfuegos
Creator
Escribano Andrés Dorticos
Identifier
APC_PN_Dorticos_1829_139
Date
1829-09-12
Surname
Yrady
Firstname
Martin
Title
SALE OF PROPERTY/ VENTA DE PROPIEDAD Cienfuegos 1829
Translator
CSG
Description
José María Hernández Piloto, vende a Martín Yrady una caballería y vente cordeles de tierra en Cienfuegos.
José María Hernández Piloto, sells a Caballeria to Martín Yrady and sells cords of land in Cienfuegos.
Transcript
001
Venta de Finca
Sépase que yo, José María Hernández Piloto, el joven colono y vecino de esta nueva población, otorgo que vendo realmente y con efecto a Don Martín Yrady, del mismo vecindario, una caballería y veinte cordeles planos de tierra de mi propiedad, situada en el Barrio de Cienfuegos, señalada con el número ciento setenta y seis, la que hube y compré del Colono Víctor Loupy por contrato particular de trece de diciembre del año pasado de mil ochocientos veinte y siete que se acompaña; y le vendo dicha caballería y veinte …
002
… cordeles planos de tierra, que lindan con otras de Don Lázaro Álvarez y Don Tomás Davy, con una casita de tablas y cuantas bienhechurías hay en ella en precio y cantidad de doscientos que del comprador tengo recibidos en reales de contado plata corriente de que me doy por entregado a mi satisfacción y por no ser de presente renuncio la prueba leyes de la entrega a excepción de la non numerata pecunia dolo y demás del caso de que otorgo formal recibo; mediante lo cual me aparto del derecho de propiedad y posesión de la dicha caballería y veinte cordeles planos de tierra había y tenía podía haber y tener y todo lo cedo renuncio y transfiero en el comprador o quien su orden represente para que como suya propia la posea o enajene a su voluntad en fuerza de esta escritura que le otorgo en señal de real entrega por la que sea visto que le ha adquirido sin necesidad de más prueba de que le relevo, y a la evicción y saneamiento de esta venta obligo mis bienes presentes y futuros con sumisión a la justicia de Su Majestad y cláusula guarentigia que doy por inserta para su cumplimento.
Y estando presente yo, Don Martín Yrady, acepto a mi favor esta escritura y por ella recibo comprada la referida caballería y veinte cordeles planos de tierra según me va vendida, de ella me doy por entregada y otorgo recibo. En cuyo testimonio es fecha en Fernandina de Jagua a veinte y seis de agosto de mil ochocientos veinte y nueve.
Yo el escribano habilitado certifico conozco a los otorgantes, que está pago el real derecho de alcábala adeudado por esta venta, según la papeleta de la administración de ventas reales despachada en veinte y cuatro del corriente que queda en mi poder y que así lo dijeron y otorgaron, firmó el que supo y por el que no uno de los testigos que lo son Don José Antonio Tomás, Don José Barba y Don Juan Gazel, vecinos y presentes. A Ruego de don José Manuel Piloto y como testigo José Antonio Tomás.
Firmas de Martín Yrady, José Barba, J. Gazel y ante mí Andrés Dorticós.
Venta de Finca
Sépase que yo, José María Hernández Piloto, el joven colono y vecino de esta nueva población, otorgo que vendo realmente y con efecto a Don Martín Yrady, del mismo vecindario, una caballería y veinte cordeles planos de tierra de mi propiedad, situada en el Barrio de Cienfuegos, señalada con el número ciento setenta y seis, la que hube y compré del Colono Víctor Loupy por contrato particular de trece de diciembre del año pasado de mil ochocientos veinte y siete que se acompaña; y le vendo dicha caballería y veinte …
002
… cordeles planos de tierra, que lindan con otras de Don Lázaro Álvarez y Don Tomás Davy, con una casita de tablas y cuantas bienhechurías hay en ella en precio y cantidad de doscientos que del comprador tengo recibidos en reales de contado plata corriente de que me doy por entregado a mi satisfacción y por no ser de presente renuncio la prueba leyes de la entrega a excepción de la non numerata pecunia dolo y demás del caso de que otorgo formal recibo; mediante lo cual me aparto del derecho de propiedad y posesión de la dicha caballería y veinte cordeles planos de tierra había y tenía podía haber y tener y todo lo cedo renuncio y transfiero en el comprador o quien su orden represente para que como suya propia la posea o enajene a su voluntad en fuerza de esta escritura que le otorgo en señal de real entrega por la que sea visto que le ha adquirido sin necesidad de más prueba de que le relevo, y a la evicción y saneamiento de esta venta obligo mis bienes presentes y futuros con sumisión a la justicia de Su Majestad y cláusula guarentigia que doy por inserta para su cumplimento.
Y estando presente yo, Don Martín Yrady, acepto a mi favor esta escritura y por ella recibo comprada la referida caballería y veinte cordeles planos de tierra según me va vendida, de ella me doy por entregada y otorgo recibo. En cuyo testimonio es fecha en Fernandina de Jagua a veinte y seis de agosto de mil ochocientos veinte y nueve.
Yo el escribano habilitado certifico conozco a los otorgantes, que está pago el real derecho de alcábala adeudado por esta venta, según la papeleta de la administración de ventas reales despachada en veinte y cuatro del corriente que queda en mi poder y que así lo dijeron y otorgaron, firmó el que supo y por el que no uno de los testigos que lo son Don José Antonio Tomás, Don José Barba y Don Juan Gazel, vecinos y presentes. A Ruego de don José Manuel Piloto y como testigo José Antonio Tomás.
Firmas de Martín Yrady, José Barba, J. Gazel y ante mí Andrés Dorticós.
Language
Spanish
Abstract
001 26 de agosto de 1829. Jagua. José María Hernández Piloto, joven, colono, vecino vendo a Martín Yrady, vecino, 1 caballería y 20 cordeles planos de tierra en Cienfuegos, número 176, que compré del Colono Víctor Loupy el 13 diciembre 1827. Linda con otras de Lázaro Álvarez y Tomás Davy. Tiene con una casita de tablas y bienhechurías que vende en 200 reales en plata corriente que me doy por entregado.
002 Así lo dijeron y firmó el que supo y por el que no, uno de los testigos que lo son José Antonio Tomás, José Barba y Juan Gazel, vecinos y presentes. A Ruego de don José Manuel Piloto y como testigo José Antonio Tomás.
Firmas de Martín Yrady, José Barba, J. Gazel y ante mí Andrés Dorticós.
002 Así lo dijeron y firmó el que supo y por el que no, uno de los testigos que lo son José Antonio Tomás, José Barba y Juan Gazel, vecinos y presentes. A Ruego de don José Manuel Piloto y como testigo José Antonio Tomás.
Firmas de Martín Yrady, José Barba, J. Gazel y ante mí Andrés Dorticós.
List of contributors
CIDA
People
José Antonio Tomás
Andrés Dorticós
José Barba
Juan Gazel
José Manuel Piloto
José María Hernández Piloto
Martín Yrady
Tomás Davy
Víctor Loupy
Lázaro Álvarez