ARBITRATION/ARBITRACION Rafael O'Bourke Palacios 1849
Item
Rights
Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba
Publisher
University of Galway
Format
JPG
Type
Manuscript
Number of pages
2
Source
Archivo Histórico Provincial, Cienfuegos
Creator
Escribano Villalonga
Identifier
APC_PN_Villalonga_1849_147v
Date
1849-04-23
Surname
O'Bourke
Firstname
Rafael
Title
ARBITRATION/ARBITRACION Rafael O'Bourke Palacios 1849
Translator
CSG
Description
Rafael O'Bourke e Isidoro Armenteros arbitran una disputa un trapiche que, desde Liverpool, Inglaterra.
Content
Rafael O'Bourke e Isidoro Armenteros arbitran disputa entre Fowler & Prosper y Antonio Rodríguez del Rey por un trapiche que, desde Liverpool, Inglaterra.
Rafael O'Bourke and Isidoro Armenteros arbitrate the dispute between Fowler & Prosper and Antonio Rodríguez del Rey over a sugar mill acquired from Liverpool, England.
Rafael O'Bourke and Isidoro Armenteros arbitrate the dispute between Fowler & Prosper and Antonio Rodríguez del Rey over a sugar mill acquired from Liverpool, England.
Transcript
001Número 194.
Convenio sujetándose a arbitradores.
Nota al dorso: Al mismo día de su otorgamiento di a la sociedad de Fowler & Prosper testimonio en un pliego del sello segundo, doy fe.
En la villa de Cienfuegos a veinte y tres de abril de mil ochocientos cincuenta, ante mí el Escribano Público y testigos de la Sociedad de Fowler y Prosper de este comercio y vecindario, originario el primero de Inglaterra y el segundo de Francia y Antonio Rodríguez del rey, natural y vecino de esta jurisdicción, hacendado, a quienes doy fe conocer dijeron: Que han comprometido nombrar árbitros arbitradores juris, o amigables, compradores que resuelvan amistosamente la cuestión que, teniendo pendiente provenida de haber vendido la primera a Rodríguez, el año de mil ochocientos cuarenta y siete, un trapiche horizontal de la fábrica de Garrett Preston y Compañía, de Liverpool, garantizado el cual resultó ser inútil para moler caña pues al empezar Rodríguez la primera zafra del …
002
… ingenio de La Caridad, situado en este partido, en el año de cuarenta y ocho se rompió dicho trapiche y sufrió la pérdida de aquella habiendo corrido igual suerte con la de mil ochocientos cuarenta y nueve después de la composición que hizo del referido trapiche por lo que se vio en la necesidad de devolverlo a la casa de comercio reclamándole los daños y perjuicios que había sufrido en las dos repetidas zafras. En consecuencia de lo cual nombra la primera con el carácter de arbitrador a Don Rafael O'Bourk y el segundo a Isidoro de Armenteros, ambos hacendados y personas de conocimientos y probidad para que dentro de un breve término reconozcan los esperados daños y perjuicios ocasionados a Rodríguez del Rey en su finca ingenio examinando todos los documentos que distribuyan los otorgantes relativos a su contrato y a las diligencias practicadas posteriormente a fin de que, con pleno conocimiento de todo, pronuncien su juicio o sentencia arbitraria por la que se obligan a estar y pasar desde ahora y para en todo tiempo sin que puedan reclamar contra ella cosa alguna en contrario y si lo verificaren sea justo haberlo ratificado en mayores estabilidades y firmaron para lo que comprometen sus bienes y se dan por condenados además con las costas, perjuicios y menoscabos que se originen por tal motivo. Y estando presente los árbitros, ambos naturales de la ciudad de Trinidad y de este vecindario aceptaron el nombramiento que se les acaba de hacer ofreciendo desempeñar religiosamente sus funciones.
En fe de lo dicho y dándola de su conocimiento, así lo dicen, otorgan y firman siendo testigos Don Carlos Garrido y Moara, Don Pedro de la Rosa Luyanó y Don Francisco Peñalver, vecinos presentes.
Firmas de Antonio Rodríguez del Reino, Rafael O'Bourke, José Isidoro de Armenteros y […] Ante mí Don Santiago […]
Convenio sujetándose a arbitradores.
Nota al dorso: Al mismo día de su otorgamiento di a la sociedad de Fowler & Prosper testimonio en un pliego del sello segundo, doy fe.
En la villa de Cienfuegos a veinte y tres de abril de mil ochocientos cincuenta, ante mí el Escribano Público y testigos de la Sociedad de Fowler y Prosper de este comercio y vecindario, originario el primero de Inglaterra y el segundo de Francia y Antonio Rodríguez del rey, natural y vecino de esta jurisdicción, hacendado, a quienes doy fe conocer dijeron: Que han comprometido nombrar árbitros arbitradores juris, o amigables, compradores que resuelvan amistosamente la cuestión que, teniendo pendiente provenida de haber vendido la primera a Rodríguez, el año de mil ochocientos cuarenta y siete, un trapiche horizontal de la fábrica de Garrett Preston y Compañía, de Liverpool, garantizado el cual resultó ser inútil para moler caña pues al empezar Rodríguez la primera zafra del …
002
… ingenio de La Caridad, situado en este partido, en el año de cuarenta y ocho se rompió dicho trapiche y sufrió la pérdida de aquella habiendo corrido igual suerte con la de mil ochocientos cuarenta y nueve después de la composición que hizo del referido trapiche por lo que se vio en la necesidad de devolverlo a la casa de comercio reclamándole los daños y perjuicios que había sufrido en las dos repetidas zafras. En consecuencia de lo cual nombra la primera con el carácter de arbitrador a Don Rafael O'Bourk y el segundo a Isidoro de Armenteros, ambos hacendados y personas de conocimientos y probidad para que dentro de un breve término reconozcan los esperados daños y perjuicios ocasionados a Rodríguez del Rey en su finca ingenio examinando todos los documentos que distribuyan los otorgantes relativos a su contrato y a las diligencias practicadas posteriormente a fin de que, con pleno conocimiento de todo, pronuncien su juicio o sentencia arbitraria por la que se obligan a estar y pasar desde ahora y para en todo tiempo sin que puedan reclamar contra ella cosa alguna en contrario y si lo verificaren sea justo haberlo ratificado en mayores estabilidades y firmaron para lo que comprometen sus bienes y se dan por condenados además con las costas, perjuicios y menoscabos que se originen por tal motivo. Y estando presente los árbitros, ambos naturales de la ciudad de Trinidad y de este vecindario aceptaron el nombramiento que se les acaba de hacer ofreciendo desempeñar religiosamente sus funciones.
En fe de lo dicho y dándola de su conocimiento, así lo dicen, otorgan y firman siendo testigos Don Carlos Garrido y Moara, Don Pedro de la Rosa Luyanó y Don Francisco Peñalver, vecinos presentes.
Firmas de Antonio Rodríguez del Reino, Rafael O'Bourke, José Isidoro de Armenteros y […] Ante mí Don Santiago […]
Language
Spanish
Abstract
23 de abril de 1849. Cienfuegos. Los testigos de la Sociedad de Fowler y Prosper, originario el primero de Inglaterra y el segundo de Francia y Antonio Rodríguez del Rey, natural y vecino hacendado nombran árbitros juris, o amigables, para resolver amistosamente la siguiente cuestión. En 1847 la Sociedad vendió a Rodríguez un trapiche horizontal de la fábrica de Garrett Preston y Compañía, de Liverpool, que resultó ser inútil para moler caña. Al empezar Rodríguez la zafra del ingenio de La Caridad en el 48, se rompió otro trapiche y perdió la zafra. Rodríguez corrió igual suerte con la zafra del 49, después de arreglar el trapiche. Rodríguez se ve en la necesidad de devolverlo a la casa de comercio y reclamar los daños y prejuicios que había sufrido en las dos zafras.Rodríguez nombra a Rafael O'Bourke y a Isidoro de Armenteros, hacendados conocedores para que reconozcan los perjuicios en su finca ingenio, examinen el contrato y a las diligencias posteriores a fin de pronunciar sentencia arbitraria.
Firman los testigos Carlos Garrido y Moara, Pedro de la Rosa Luyano y Francisco Peñalver, vecinos presentes
Firman los testigos Carlos Garrido y Moara, Pedro de la Rosa Luyano y Francisco Peñalver, vecinos presentes
April 23, 1849. Cienfuegos. The witnesses of the Fowler and Prosper Society, the first from England and the second from France, and Antonio Rodríguez del Rey, a native and neighboring landowner, appoint juris, or amicable, arbitrators to amicably resolve the following issue. In 1847 the Society sold Rodríguez a horizontal sugar mill from the Garrett Preston and Company factory in Liverpool, which turned out to be useless for grinding cane. When Rodríguez began the harvest at the La Caridad mill in 1948, he broke another sugar mill and lost the harvest. Rodríguez suffered the same fate with the 1949 harvest, after fixing the sugar mill. Rodríguez finds it necessary to return it to the business house and claim the damages and prejudices that he had suffered in the two harvests. Rodríguez appoints Rafael O'Bourke and Isidoro de Armenteros, knowledgeable landowners to recognize the damages on his sugar mill farm. , examine the contract and the subsequent proceedings in order to pronounce an arbitrary sentence.
Signed by the witnesses Carlos Garrido y Moara, Pedro de la Rosa Luyano and Francisco Peñalver, residents present
Signed by the witnesses Carlos Garrido y Moara, Pedro de la Rosa Luyano and Francisco Peñalver, residents present
List of contributors
CIDA
People
Antonio Rodríguez del Rey
Rafael O'Bourke
Isidoro de Armenteros
Carlos Garrido Moara
Pedro de la Rosa Luyano
Francisco Peñalver
Location
Ingenio La Caridad Cienfuegos, Cuba
Organization
Sociedad de Fowler y Prosper, Garrett Preston y Compañía