SALE OF FARMHOUSE/ VENTA DE CASA FINCA Matilde O'Bourke 1896
Item
Rights
Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba
Publisher
University of Galway
Format
JPG
Type
Manuscript
Number of pages
12
Source
Archivo Histórico Provincial, Cienfuegos
Creator
Escribano Jose Joaquin verdaguer
Identifier
APC_PN_Verdaguer_1896_996
Date
1896-04-01
Surname
O'Bourke
Firstname
Matilde
Title
SALE OF FARMHOUSE/ VENTA DE CASA FINCA Matilde O'Bourke 1896
Translator
CSG
Description
Donde Matilde O´Bourke vende a Fernando Sordo y Sordo una finca urbana casa.
Where Matilde O'Bourke sells Fernando Sordo y Sordo an urban farm house.
Transcript
001
Número sesenta y ocho
Venta de finca urbana por la morena Matilde O´Bourke a favor de Don Fernando Sordo y Sordo
Nota al dorso: En su fecha di testimonio a Fernando Sordo y Sordo en un pliego del sello noveno y dos del duodécimo. Doy Fe, Verdaguer
En la ciudad de Cienfuegos, a primero de abril de mil ochocientos noventa y seis.
Ante mí, José Joaquín Verdaguer, vecino y Notario de la misma y del Colegio de Matanzas, y en presencia de los testigos que al final nombraré comparecen
Por una parte, la morena Matilde O´Bourke sin segundo apellido, natural de esta ciudad, de cuarenta y ocho años, soltera, propietaria …
002
… vecina de Cruces, con cédula personal expedida con el número mil doscientos cinco en esa cabecera el once de marzo del año último.
Y por la otra parte el Sr. Don Fernando Sordo y Sordo, natural de Llanes, provincia de Oviedo, de treinta años, soltero, del comercio y de esta vecindad en Cruces con el número trescientos veinte y dos el veinte y ocho de febrero del año último.
También comparece con el objeto que se dirá el Excelentísimo Sr. Don Francisco Paradela y Gestal, natural de la Habana, de cuarenta y ocho años, casado, ingeniero y de esta vecindad con cédula expedida con el número tres mil doscientos setenta y ocho en esta ciudad el treinta y uno de diciembre de mil ochocientos noventa y cuatro que le verifica en nombre y …
003
… en representación de la Compañía de Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, según el poder que su presidente Don Ramón Argüelles y Alonso acreditando su carácter y facultades necesarias al efecto, le confirió en veinte y dos de junio de mil ochocientos noventa y cuatro ante el Notario de la Habana Don José Miguel Núñez poder que jura que no le esta revocado, ni limitado en manera alguno y que en la cláusula correspondiente a este otorgamiento sin que contenga ninguna otra que la limite ni contradiga, dice así:
Para que cobre y reciba réditos de censos, los redima y cancele y venda terrenos realmente o a censos consignando en las escrituras que otorgue todas las cláusulas…
004
… las necesarias y oportunas y recibiendo el precio del que otorgará el correspondiente resguardo. Concuerda lo inscrito con testimonio que tengo a la vista en este acto de que doy fe,asícomo del conocimiento de los Sres. comparecientes.
Y, asegurando hallarse en el pleno goce de los derechos civiles, teniendo a mi juicio la capacidad legal necesaria para celebrar este contrato, dicen:
Primero. Que a la morena Matilde O´Bourke corresponde en propiedad una finca urbana casa de planta baja sin número, fabricada de mampostería y teja, en su terreno de veinte y ocho varas de frente por cuarenta de fondo, o sea, mil ciento veinte varas planas equivalentes a ochocientos cincuenta metros treinta y nueve centímetros cuadrados …
005
… que forman el solar número diez y siete del plano del poblado de Cruces, Ayuntamiento del mismo nombre, situada dicha finca en la calle del General Pezuela, con el frente a ella, al Sur y lindando por el Este o izquierda con la de la misma dueña en el solar número diez y ocho, por el Oeste o derecha con la calle Ramírez por el Norte o espalda con el solar número veinte y cuatro.
Segundo. Que la finca descrita en cuanto al terreno es parte de la que la morena Matilde O´Bourke adquirió por compra a Cristina del Junco y Capote …
006
… escritura de Julio de mil ochocientos ochenta y seis ante el Notario de esta ciudad Antonio de León, inscrita previo del pago del impuesto correspondiente, en el Registro de la Propiedad al tomo segundo del Ayuntamiento de Cruces, folio doscientos veinte y dos, finca número noventa y cinco, inscripción segunda con la descripción siguiente:
Finca urbana, casa de planta baja sin número, fabricada de mamposterías y teja en su terreno de cincuenta y seis varas de frente por cuarenta de fondo, o sea, dos mil doscientos cuarenta varas planas, equivalentes a mil seiscientos diez metros setenta y ocho centímetros cuadrados, que forman los solares números diez y siete y diez y ocho del poblado …
007
… de Cruces, situada dicha finca, que está dividida en varios departamentos o viviendas, en la calle o Paseo del General Pezuela, con el frente y fachada principal a él al Sur y lindando por izquierda con el solar número diez y nueve, por derecha con la calle de Ramírez y por espalda con los solares números veinte y cuatro y veinte y tres.
Tercero. Que dicha finca reconoce a censo enfitéutico el capital de doscientos veinte pesos en oro con el canon del seis por ciento anual a favor de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, y no se halla sujeta a ninguna otra carga ni gravamen, como consta por el referido título de dominio y consta a ambas partes.
008
Cuarto. Que han convenido y pactado la compra-venta de la expresada porción y levando a efecto el contrato, la morena Matilde O´Bourke libre y espontáneamente otorga:
Que vende al Sr. Don Fernando Sordo y Sordo la finca urbana descrita en la cláusula primera de esta escritura por el precio de mil pesos en oro que confiesa haber recibido del Sr. comprador y de que le otorga el más competente recibo y carta de pago en forma obligándose al saneamiento de esta venta en caso de evicción con arregloa derecho.
Yo el notario advertí a los otorgantes que, confesado el recibo de dicho precio, queda la finca vendida libre de toda responsabilidad por razón del mismo precio, aunque se justificase en lo sucesivo no se cierta su entrega en todo o en parte.
Quinto. Que el presente contrato …
009
…anulará ni rescindirá por ninguna causa, con arreglo a los artículos treinta y ocho de la ley hipotecaria vigente y mil doscientos noventa y tres del código civil.
Sexto. EL Excelentísimo Sr. Don Francisco Paradela y Gestal otorga:
Que en nombre de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara con su acreditada representación concede la licencia necesaria para la celebración del presente contrato, renunciando por esta vez la sociedad su representado los derechos que la corresponden como dueña del censo que grava la finca vendida.
Séptimo. El Sr. Don Fernando Sordo y Sordo …
010
… acepta por su parte esta escritura a su favor en la forma en que va redactada.
Octavo. Los Sres. otorgantes designan esta ciudad como lugar donde deberán practicarse todas las notificaciones, citaciones y demás diligencias judiciales a que por cualquier causa dé origen esta escritura y hacen expresa reserva en ella de la hipoteca legal en virtud de la que tienen Estado, Provincia y Municipio preferencia para el cobro de la última anualidad del impuesto repartido y no satisfecho por cuenta de la finca vendita.
En fe de lo cual y dándola yo el Notario de haber advertido a los otorgantes la obligación que tienen de ocurrir con copia de esta escritura y dentro de treinta días contados desde mañana inclusive a …
011
… la Oficina Liquidadora del Impuesto sobre derechos reales y transmisión de bienes para su pago dentro de otros diez y seis días bajo las penas señaladas por cualquiera y después al Registro de la propiedad para su inscripción con arreglo de la presentación fuere hacer efectivo en perjuicio de tercero el derecho que debió ser inscrito. Así lo otorgan los comparecientes firmando los Sres. Sordo y Paradela con los testigos Don Laureano Carrazco y Valdés, Don Rafael Entenza Capote, vecinos de esta ciudad y hábiles para serlo dicha finca reconoce a censo enfitéutico el capital de doscientos veinte pesos en oro con el canon del seis por ciento anual a favor de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, vecino de esta ciudad, a quien doy fe conozco y a quien y a los Sres. comparecientes y testigos …
012
… leí íntegro este documento a su elección, instruidos de su derecho para hacerlo por si de que no usaron de todo lo cual doy fe.
Nota. En el acto de firmar consignan los interesados que las fábricas existentes en el solar número diez y siete del poblado de Cruces sobre que versa el presente contrato, pertenecían a la vendedora morena Matilde O´Bourke por haberlas levantado a sus expensas, lo que tiene acreditado en varias inscripciones de la finca vendida en el Registro de la Propiedad, poniéndose esta nota con aprobación de las partes, a las que, y as los testigos, las leí íntegra en el mismo acto de todo lo cual doy fe.
Firmas de Manuel Orta, Rafael Entenza, Fernando Sordo, José Verdaguer.
Número sesenta y ocho
Venta de finca urbana por la morena Matilde O´Bourke a favor de Don Fernando Sordo y Sordo
Nota al dorso: En su fecha di testimonio a Fernando Sordo y Sordo en un pliego del sello noveno y dos del duodécimo. Doy Fe, Verdaguer
En la ciudad de Cienfuegos, a primero de abril de mil ochocientos noventa y seis.
Ante mí, José Joaquín Verdaguer, vecino y Notario de la misma y del Colegio de Matanzas, y en presencia de los testigos que al final nombraré comparecen
Por una parte, la morena Matilde O´Bourke sin segundo apellido, natural de esta ciudad, de cuarenta y ocho años, soltera, propietaria …
002
… vecina de Cruces, con cédula personal expedida con el número mil doscientos cinco en esa cabecera el once de marzo del año último.
Y por la otra parte el Sr. Don Fernando Sordo y Sordo, natural de Llanes, provincia de Oviedo, de treinta años, soltero, del comercio y de esta vecindad en Cruces con el número trescientos veinte y dos el veinte y ocho de febrero del año último.
También comparece con el objeto que se dirá el Excelentísimo Sr. Don Francisco Paradela y Gestal, natural de la Habana, de cuarenta y ocho años, casado, ingeniero y de esta vecindad con cédula expedida con el número tres mil doscientos setenta y ocho en esta ciudad el treinta y uno de diciembre de mil ochocientos noventa y cuatro que le verifica en nombre y …
003
… en representación de la Compañía de Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, según el poder que su presidente Don Ramón Argüelles y Alonso acreditando su carácter y facultades necesarias al efecto, le confirió en veinte y dos de junio de mil ochocientos noventa y cuatro ante el Notario de la Habana Don José Miguel Núñez poder que jura que no le esta revocado, ni limitado en manera alguno y que en la cláusula correspondiente a este otorgamiento sin que contenga ninguna otra que la limite ni contradiga, dice así:
Para que cobre y reciba réditos de censos, los redima y cancele y venda terrenos realmente o a censos consignando en las escrituras que otorgue todas las cláusulas…
004
… las necesarias y oportunas y recibiendo el precio del que otorgará el correspondiente resguardo. Concuerda lo inscrito con testimonio que tengo a la vista en este acto de que doy fe,asícomo del conocimiento de los Sres. comparecientes.
Y, asegurando hallarse en el pleno goce de los derechos civiles, teniendo a mi juicio la capacidad legal necesaria para celebrar este contrato, dicen:
Primero. Que a la morena Matilde O´Bourke corresponde en propiedad una finca urbana casa de planta baja sin número, fabricada de mampostería y teja, en su terreno de veinte y ocho varas de frente por cuarenta de fondo, o sea, mil ciento veinte varas planas equivalentes a ochocientos cincuenta metros treinta y nueve centímetros cuadrados …
005
… que forman el solar número diez y siete del plano del poblado de Cruces, Ayuntamiento del mismo nombre, situada dicha finca en la calle del General Pezuela, con el frente a ella, al Sur y lindando por el Este o izquierda con la de la misma dueña en el solar número diez y ocho, por el Oeste o derecha con la calle Ramírez por el Norte o espalda con el solar número veinte y cuatro.
Segundo. Que la finca descrita en cuanto al terreno es parte de la que la morena Matilde O´Bourke adquirió por compra a Cristina del Junco y Capote …
006
… escritura de Julio de mil ochocientos ochenta y seis ante el Notario de esta ciudad Antonio de León, inscrita previo del pago del impuesto correspondiente, en el Registro de la Propiedad al tomo segundo del Ayuntamiento de Cruces, folio doscientos veinte y dos, finca número noventa y cinco, inscripción segunda con la descripción siguiente:
Finca urbana, casa de planta baja sin número, fabricada de mamposterías y teja en su terreno de cincuenta y seis varas de frente por cuarenta de fondo, o sea, dos mil doscientos cuarenta varas planas, equivalentes a mil seiscientos diez metros setenta y ocho centímetros cuadrados, que forman los solares números diez y siete y diez y ocho del poblado …
007
… de Cruces, situada dicha finca, que está dividida en varios departamentos o viviendas, en la calle o Paseo del General Pezuela, con el frente y fachada principal a él al Sur y lindando por izquierda con el solar número diez y nueve, por derecha con la calle de Ramírez y por espalda con los solares números veinte y cuatro y veinte y tres.
Tercero. Que dicha finca reconoce a censo enfitéutico el capital de doscientos veinte pesos en oro con el canon del seis por ciento anual a favor de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, y no se halla sujeta a ninguna otra carga ni gravamen, como consta por el referido título de dominio y consta a ambas partes.
008
Cuarto. Que han convenido y pactado la compra-venta de la expresada porción y levando a efecto el contrato, la morena Matilde O´Bourke libre y espontáneamente otorga:
Que vende al Sr. Don Fernando Sordo y Sordo la finca urbana descrita en la cláusula primera de esta escritura por el precio de mil pesos en oro que confiesa haber recibido del Sr. comprador y de que le otorga el más competente recibo y carta de pago en forma obligándose al saneamiento de esta venta en caso de evicción con arregloa derecho.
Yo el notario advertí a los otorgantes que, confesado el recibo de dicho precio, queda la finca vendida libre de toda responsabilidad por razón del mismo precio, aunque se justificase en lo sucesivo no se cierta su entrega en todo o en parte.
Quinto. Que el presente contrato …
009
…anulará ni rescindirá por ninguna causa, con arreglo a los artículos treinta y ocho de la ley hipotecaria vigente y mil doscientos noventa y tres del código civil.
Sexto. EL Excelentísimo Sr. Don Francisco Paradela y Gestal otorga:
Que en nombre de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara con su acreditada representación concede la licencia necesaria para la celebración del presente contrato, renunciando por esta vez la sociedad su representado los derechos que la corresponden como dueña del censo que grava la finca vendida.
Séptimo. El Sr. Don Fernando Sordo y Sordo …
010
… acepta por su parte esta escritura a su favor en la forma en que va redactada.
Octavo. Los Sres. otorgantes designan esta ciudad como lugar donde deberán practicarse todas las notificaciones, citaciones y demás diligencias judiciales a que por cualquier causa dé origen esta escritura y hacen expresa reserva en ella de la hipoteca legal en virtud de la que tienen Estado, Provincia y Municipio preferencia para el cobro de la última anualidad del impuesto repartido y no satisfecho por cuenta de la finca vendita.
En fe de lo cual y dándola yo el Notario de haber advertido a los otorgantes la obligación que tienen de ocurrir con copia de esta escritura y dentro de treinta días contados desde mañana inclusive a …
011
… la Oficina Liquidadora del Impuesto sobre derechos reales y transmisión de bienes para su pago dentro de otros diez y seis días bajo las penas señaladas por cualquiera y después al Registro de la propiedad para su inscripción con arreglo de la presentación fuere hacer efectivo en perjuicio de tercero el derecho que debió ser inscrito. Así lo otorgan los comparecientes firmando los Sres. Sordo y Paradela con los testigos Don Laureano Carrazco y Valdés, Don Rafael Entenza Capote, vecinos de esta ciudad y hábiles para serlo dicha finca reconoce a censo enfitéutico el capital de doscientos veinte pesos en oro con el canon del seis por ciento anual a favor de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, vecino de esta ciudad, a quien doy fe conozco y a quien y a los Sres. comparecientes y testigos …
012
… leí íntegro este documento a su elección, instruidos de su derecho para hacerlo por si de que no usaron de todo lo cual doy fe.
Nota. En el acto de firmar consignan los interesados que las fábricas existentes en el solar número diez y siete del poblado de Cruces sobre que versa el presente contrato, pertenecían a la vendedora morena Matilde O´Bourke por haberlas levantado a sus expensas, lo que tiene acreditado en varias inscripciones de la finca vendida en el Registro de la Propiedad, poniéndose esta nota con aprobación de las partes, a las que, y as los testigos, las leí íntegra en el mismo acto de todo lo cual doy fe.
Firmas de Manuel Orta, Rafael Entenza, Fernando Sordo, José Verdaguer.
Language
Spanish
Abstract
1 de abril de 1896. Venta de finca urbana por la morena Matilde O'Bourke, 48, soltera, propietaria, vecina de Cruces, con cédula 1205 a favor de Fernando Sordo y Sordo, de Llanes, provincia de Oviedo, 30, soltero, del comercio y de esta vecindad en Cruces, con el número 322. También comparece Francisco Paradela y Gestal, de la Habana, 48, casado, ingeniero y de esta vecindad con cédula 3,278, en representación de la Compañía de Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara.
Primero. Que Matilde O'Bourke es propietaria de una finca urbana casa de planta baja sin número, de mampostería y teja, en 850.39m2 de terreno que forman el solar número 17 del plano del poblado de Cruces, en la calle del General Pezuela, con el frente a ella.
Segundo. Que Matilde O'Bourke la por compró a Cristina del Junco y en Julio de 1886 con la descripción siguiente:Finca urbana, casa de planta baja sin número, de mamposterías y teja en terreno de 1,610.78 metros cuadrados, que forman los solares números 17 y 18 de Cruces. La finca está dividida en varios departamentos o viviendas, en la calle o Paseo del General Pezuela.
Tercero. Que la finca reconoce a censo enfitéutico el capital de 220 pesos en oro con el canon del 6% anual a favor de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, y no se halla sujeta a ninguna otra carga ni gravamen.
Cuarto. Matilde O'Bourke vende a Fernando Sordo y Sordo la finca por 1,000 pesos en oro.
Quinto. Que el presente contrato no anulará ni rescindirá por ninguna causa, con arreglo a los artículos 38 de la ley hipotecaria vigente y 1,293 del código civil.
Sexto. Francisco Paradela y Gestal en nombre de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara concede la licencia para la celebración del contrato, renunciando por esta vez los derechos que le corresponden como dueña del censo que grava la finca.
Séptimo. Fernando Sordo y Sordo acepta esta escritura a su favor en la forma en que va redactada.
Octavo. Los otorgantes designan esta ciudad como lugar donde deberán practicarse todas las notificaciones.
Así lo otorgan los comparecientes firmando los Sres. Sordo y Paradela con los testigos Laureano Carrazco y Valdés, Rafael Entenza Capote, vecinos.
Nota. En el acto de firmar consignan los interesados que las fábricas existentes en el solar 17 del poblado de Cruces sobre que versa el presente contrato, pertenecían a la vendedora morena Matilde O'Bourke por haberlas levantado a sus expensas, lo que tiene acreditado en varias inscripciones.
Manuel Orta, Rafael Entenza, Fernando Sordo, José Verdaguer.
Primero. Que Matilde O'Bourke es propietaria de una finca urbana casa de planta baja sin número, de mampostería y teja, en 850.39m2 de terreno que forman el solar número 17 del plano del poblado de Cruces, en la calle del General Pezuela, con el frente a ella.
Segundo. Que Matilde O'Bourke la por compró a Cristina del Junco y en Julio de 1886 con la descripción siguiente:Finca urbana, casa de planta baja sin número, de mamposterías y teja en terreno de 1,610.78 metros cuadrados, que forman los solares números 17 y 18 de Cruces. La finca está dividida en varios departamentos o viviendas, en la calle o Paseo del General Pezuela.
Tercero. Que la finca reconoce a censo enfitéutico el capital de 220 pesos en oro con el canon del 6% anual a favor de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara, y no se halla sujeta a ninguna otra carga ni gravamen.
Cuarto. Matilde O'Bourke vende a Fernando Sordo y Sordo la finca por 1,000 pesos en oro.
Quinto. Que el presente contrato no anulará ni rescindirá por ninguna causa, con arreglo a los artículos 38 de la ley hipotecaria vigente y 1,293 del código civil.
Sexto. Francisco Paradela y Gestal en nombre de la Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara concede la licencia para la celebración del contrato, renunciando por esta vez los derechos que le corresponden como dueña del censo que grava la finca.
Séptimo. Fernando Sordo y Sordo acepta esta escritura a su favor en la forma en que va redactada.
Octavo. Los otorgantes designan esta ciudad como lugar donde deberán practicarse todas las notificaciones.
Así lo otorgan los comparecientes firmando los Sres. Sordo y Paradela con los testigos Laureano Carrazco y Valdés, Rafael Entenza Capote, vecinos.
Nota. En el acto de firmar consignan los interesados que las fábricas existentes en el solar 17 del poblado de Cruces sobre que versa el presente contrato, pertenecían a la vendedora morena Matilde O'Bourke por haberlas levantado a sus expensas, lo que tiene acreditado en varias inscripciones.
Manuel Orta, Rafael Entenza, Fernando Sordo, José Verdaguer.
April 1, 1896. Sale of urban property by Matilde O'Bourke, 48, single, black woman, owner, resident of Cruces, with ID 1205 in favor of Fernando Sordo y Sordo, from Llanes, province of Oviedo, 30, single, a merchant in the Cruces neighborhood, with ID number 322. Francisco Paradela y Gestal, from Havana, 48, married, an engineer and from this neighborhood with ID 3,278, on behalf of the Compañía de Ferrocarril between Cienfuegos and Villa Clara, also appears.
First. Matilde O'Bourke is the owner of an urban farm house on a ground floor without a number, made of masonry and tile, on 850.39m2 of land that forms lot number 17 of the plan of the town of Cruces, on Calle del General Pezuela, facing the street.
Second. Matilde O'Bourke bought it from Cristina del Junco and in July 1886 with the following description: Urban property, ground floor house without number, masonry and tile on land of 1,610.78 square meters, which form lots numbers 17 and 18 of Cruces. The farm is divided into several apartments or houses, on the street or Paseo del General Pezuela.
Third. The farm recognizes the capital of 220 pesos in gold with a 6% annual fee in favor of the Compañía del Ferrocarril between Cienfuegos and Villa Clara, and is not subject to any other charge or encumbrance.
Fourth. Matilde O'Bourke sells the farm to Fernando Sordo and Sordo for 1,000 pesos in gold.
Fifth. That this contract will not annul or terminate for any reason, in accordance with articles 38 of the current mortgage law and 1,293 of the civil code.
Sixth. Francisco Paradela y Gestal, on behalf of the Railway Company between Cienfuegos and Villa Clara, grants the license for the conclusion of the contract, renouncing for this time the rights that correspond to him as the owner of the lease that taxes the farm.
Seventh. Fernando Sordo y Sordo accepts this deed in his favor as it is written.
Eighth. The grantors designate this city as the place where all notifications should be made.
This is what the parties present grant, signing Messrs. Sordo and Paradela with witnesses Laureano Carrazco y Valdés, Rafael Entenza Capote, neighbors.
Note. In the act of signing, the interested parties state that the existing constructions in solar 17 of the town of Cruces, which this contract is about, belonged to the seller, black woman, Matilde O'Bourke for having raised them at her expense, which she has proven in several inscriptions .
Manuel Orta, Rafael Entenza, Fernando Sordo, José Verdaguer.
First. Matilde O'Bourke is the owner of an urban farm house on a ground floor without a number, made of masonry and tile, on 850.39m2 of land that forms lot number 17 of the plan of the town of Cruces, on Calle del General Pezuela, facing the street.
Second. Matilde O'Bourke bought it from Cristina del Junco and in July 1886 with the following description: Urban property, ground floor house without number, masonry and tile on land of 1,610.78 square meters, which form lots numbers 17 and 18 of Cruces. The farm is divided into several apartments or houses, on the street or Paseo del General Pezuela.
Third. The farm recognizes the capital of 220 pesos in gold with a 6% annual fee in favor of the Compañía del Ferrocarril between Cienfuegos and Villa Clara, and is not subject to any other charge or encumbrance.
Fourth. Matilde O'Bourke sells the farm to Fernando Sordo and Sordo for 1,000 pesos in gold.
Fifth. That this contract will not annul or terminate for any reason, in accordance with articles 38 of the current mortgage law and 1,293 of the civil code.
Sixth. Francisco Paradela y Gestal, on behalf of the Railway Company between Cienfuegos and Villa Clara, grants the license for the conclusion of the contract, renouncing for this time the rights that correspond to him as the owner of the lease that taxes the farm.
Seventh. Fernando Sordo y Sordo accepts this deed in his favor as it is written.
Eighth. The grantors designate this city as the place where all notifications should be made.
This is what the parties present grant, signing Messrs. Sordo and Paradela with witnesses Laureano Carrazco y Valdés, Rafael Entenza Capote, neighbors.
Note. In the act of signing, the interested parties state that the existing constructions in solar 17 of the town of Cruces, which this contract is about, belonged to the seller, black woman, Matilde O'Bourke for having raised them at her expense, which she has proven in several inscriptions .
Manuel Orta, Rafael Entenza, Fernando Sordo, José Verdaguer.
List of contributors
CIDA
People
Matilde O´Bourke
Fernando Sordo Sordo
José Joaquín Verdaguer Kiernan
Francisco Para de la Gestal
Ramón Argüelles Alonso
José Miguel Núñez
Cristina del Junco Capote
Laureano Carrazco y Valdés
Rafael Entenza Capote
Manuel Orta
Location
Finca urbana, Solar 17, Cruces, Cuba
Finca urbana, Solar 18, Cruces, Cuba
Organization
Compañía del Ferrocarril entre Cienfuegos y Villa Clara,