WILL/TESTAMENTO Magdalena O'Bourke Palacios 1890

Item

Rights

Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba

Publisher

University of Galway

Format

JPG

Type

Manuscript

Number of pages

6

Source

Archivo Histórico Provincial, Cienfuegos

Creator

Escribano Jose Joaquin Verdaguer

Identifier

APC_PN_Verdaguer_1890_2014

Date

1890-06-03

Surname

O'Bourke Palacios

Firstname

Magdalena

Title

WILL/TESTAMENTO Magdalena O'Bourke Palacios 1890

Translator

CSG

Description

Donde Magdalena O´Bourke y Palacios, testa a favor de Guadalupe y María Trinidad, sus hermanas.
Where Magdalena O'Bourke y Palacios makes a will in favor of Guadalupe and María Trinidad, her sisters.

Transcript

001
Número trescientos veinte y ocho
Testamento por Doña Magdalena O´Bourke y Palacios
Nota: En catorce de abril de mil ochocientos noventa y cinco di testimonio a Doña Guadalupe O´Bourke y Palacios.
En la Ciudad de Cienfuegos a las dos de la tarde del día tres de junio de mil ochocientos noventa: Ante mí, Don José Joaquín Verdaguer, vecino y notario de la misma y del colegio de La Habana, presentes los testigos instrumentales Señores Don Esteban Cacicedo Torriente, Don Leadro Frevilla Cacicedo, Don Francisco Alascoaga Garmendia, vecinos de esta ciudad, mayores de edad que aseguran no estar …
002
… comprendidos en ninguno de los casos de incapacidad de terminado en el Código Civil y en su domicilio de la Calle San Carlos de esta ciudad comparece Doña Magdalena O´Bourke y Palacios, natural de Trinidad, hija de los Sres. Don Juan y Doña Nicolasa, de cincuenta y siete años, soltera, propietaria y vecina de esta ciudad con cédula personal de undécima clase expedida con el número mil cientoveinte y uno por el alcalde de barrio del Mercado en veinte y seis de marzo último.
Los testigos manifiestan conocer a la testadora conceptuándola en este acto con capacidad para testar, porque su inteligencia es clara, su memoria despejada y su habla expedita. Por iguales …
003
… razones yo, el Notario, estimo a mi juicio que Doña Magdalena O´Bourke y Palacios tiene la capacidad dicha Doña Magdalena O´Bourke y Palacios, previa protestación de la fe como como Católica Apostólica Romana a mi presencia y la de los testigos que la ven y entienden, otorga su testamento de viva voz en la forma siguiente.
Primero. Deja lo relativo a su funeral y entierro a voluntad de sus herederos.
Segundo. Declara ser soltera por lo que, habiendo fallecido sus padres, no tiene heredero alguno forzoso.
Tercero. Declara por sus bienes los títulos y demás documentos …
004
… que se hallen en su poder y de que están enterados sus herederos.
Cuarto. Instituye por únicos y universales herederos de todos sus bienes, derechos y acciones a sus hermanas de doble vínculo Doña Guadalupe y Doña María Trinidad O´Bourke Palacios, sustituyéndolas entre sí de modo que, si cualquiera de ellas muere antes que la testadora, esta instituye por su única y universal heredera a aquella de sus dos citadas hermanas que sobreviva.
Quinto. Declara que no hace nombramiento de tutor, ni protutor, ni de consejo de familia por ser mayores de edad sus mencionadas hermanas.
Sexto. Todas las operaciones de su …
005
… testamentaria se practicarán extrajudicialmente por sus expresadas hermanas herederas o por la de ellas que sobreviva con todas las facultades correspondientes a esas circunstancias.
Séptimo. Declara nulas cuantas disposiciones testamentarias pudieran aparecer fechadas antes de la presente pues quiere que solamente se cumpla este testamento con arreglo a la ley.
Octavo. Tal es la disposición testamentaria que otorga Doña Magdalena O´Bourke y Palacios ante mí y en presencia de los testigos ya nombrados.
006
A una y otros invité a leer este testamento cuyo derecho renunciaron, por lo cual se lo leí integra y detenidamente yo, el Notario, en alta voz, manifestando la testadora a su conformidad con todo su contenido y firmando en prueba con los testigos.
Y yo, el Notario, doy fe de haber sido cumplidas todas las formalidades expresadas en un solo acto sin interrupción alguna, de conocer a la testadora y de lo demás contenido en este instrumento público que signo, firmo y rubrico.
Firmas de Magdalena O´Bourke, Leandro Revilla, Esteban (…), Francisco (…) y José J. Verdaguer

Language

Spanish

Abstract

3 de junio de 1890. Cienfuegos. Magdalena O´Bourke y Palacios, hija de Juan y Nicolasa, 57 años, soltera, calle San Carlos, cédula personal 1121.
Primero. Deja lo relativo a su funeral y entierro a voluntad de sus herederos.
Segundo. Declara ser soltera y, habiendo fallecido sus padres, no tiene herederos forzosos.
Tercero. Declara por sus bienes los títulos y demás documentos que se hallen en su poder.
Cuarto. Instituye por únicas y universales herederas a sus hermanas Guadalupe y María Trinidad O´Bourke Palacios, sustituyéndolas entre sí de modo que, si cualquiera de ellas muere antes que la testadora, se instituye a la hermana que sobreviva.
Quinto. No nombra tutor por ser mayores de edad sus hermanas.
Sexto. Todas las operaciones de su testamentaria se practicarán extrajudicialmente
Séptimo. Declara nulas cuantas disposiciones testamentarias pudieran aparecer fechadas antes de la presente.
Firman Magdalena O´Bourke y los testigos instrumentales Esteban Cacicedo Torriente, Leandro Frevilla Cacicedo, Francisco Alascoaga Garmendia, ante mí, Joaquín Verdaguer.
June 3, 1890. Cienfuegos. Magdalena O'Bourke y Palacios, daughter of Juan and Nicolasa, 57 years old, single, Calle San Carlos, ID 1121.
First. She leaves matters relating to her funeral and burial to the will of her heirs.
Second. She declares to be single and, her parents having died, she has no forced heirs.
Third. Declares for their assets the titles and other documents that are in their possession.
Fourth. She establishes her sisters Guadalupe and María Trinidad O'Bourke Palacios as the sole and universal heirs, substituting them for each other so that, if either of them dies before the testator, the surviving sister is instituted.
Fifth. She does not appoint a guardian because her sisters are of legal age.
Sixth. All the operations of this testamentary will be practiced out of court
Seventh. Declares void any testamentary dispositions that may appear dated before the present one.
Signed by Magdalena O´Bourke and the instrumental witnesses Esteban Cacicedo Torriente, Leandro Frevilla Cacicedo, Francisco Alascoaga Garmendia, before me, Joaquín Verdaguer.

List of contributors

CIDA

People

Magdalena O´Bourke Palacios
Guadalupe O´Bourke Palacios
José Joaquín Verdaguer
Esteban Cacicedo Torriente
Leandro Frevilla Cacicedo
Francisco Alascoaga Garmendia
María Trinidad O´Bourke Palacios

Location

None