FREEDOM PURCHASE/COMPRA LIBERTAD Matilde O'Bourke 25 years old
Item
Rights
Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba
Publisher
University of Galway
Format
JPG
Type
Manuscript
Number of pages
2
Source
Archivo Histórico Provincial, Cienfuegos
Creator
Escribano Ramon Sainz Medina
Identifier
APC_PN_Medina_1871_234
Date
1871-04-22
Surname
O'Bourke
Firstname
Matilde
Title
FREEDOM PURCHASE/COMPRA LIBERTAD Matilde O'Bourke 25 years old
Translator
CSG
Description
Matilde O'Bourke compra su libertad de Marina O'Bourke y Palacios 1871
Where Matilde O'Bourke buys her freedom from Marina O'Bourke y Palacios
Transcript
001
Número 246
Libertad
En la villa de Cienfuegos a veinte y dos de abril de mil ochocientos setenta y uno. Yo, Marina O'Bourke, vecina de esta y mayor de edad, asistida de mi legitimo consorte, Ignacio María de la Torre, con cuya venia y licencia procedo a la formación de esta escritura, como se comprobará con su firma al final que se ha por sido pedida, concedida y aceptada respectivamente da fe el presente Escribano, otorgo: Que ahorro y liberto de todo cautiverio y servidumbre a una negra criolla, mi esclava nombrada Matilde O´Bourke, como de 25 años de edad, empadronada en esta villa.
Esta libertad es por la cantidad de mil trescientos escudos o sean, seiscientos cincuenta pesos que la agraciada me da en redención y pagará en este orden: mil veinte escudos osea quinientos diez pesos que nos ha (…) en efectivo, moneda corriente a mi satisfacción de que le otorgo formal resguardo con renuncia de la prueba, leyes de la entrega, excepción del anexo no contado y demás del caso, y los doscientos ochenta escudos o ciento cuarenta pesos restantes me los abonará en el término …
002
… de 6 meses contados desde (…) cuyo efecto me ha otorgado una documenta.
En este concepto, me separo de la propiedad y demás acciones que a dicha negra tenía, transfiriéndolas en su hecho y causa propia para que como libre, desde hoy y para siempre, trate, contrate, compre, venda, comparezca a juicio, otorgue poderes, testamentos y haga todo lo demás que practican las personas que disponen de su voluntad. Me obligo con mis bienes a que esta le será cierta y segura en todo tiempo.
Yo, el Escribano Público y de Marina, doy fe conozco a la otorgante y a su esposo que así lo dijo y firmó siendo testigos, Juan Rodríguez, José Prieto y Ángel Solís, de este vecindario.
Firmas: Marina O’Bourke de la Torre, Ignacio de la Torre ante mí Ramón Núñez de Medina
Número 246
Libertad
En la villa de Cienfuegos a veinte y dos de abril de mil ochocientos setenta y uno. Yo, Marina O'Bourke, vecina de esta y mayor de edad, asistida de mi legitimo consorte, Ignacio María de la Torre, con cuya venia y licencia procedo a la formación de esta escritura, como se comprobará con su firma al final que se ha por sido pedida, concedida y aceptada respectivamente da fe el presente Escribano, otorgo: Que ahorro y liberto de todo cautiverio y servidumbre a una negra criolla, mi esclava nombrada Matilde O´Bourke, como de 25 años de edad, empadronada en esta villa.
Esta libertad es por la cantidad de mil trescientos escudos o sean, seiscientos cincuenta pesos que la agraciada me da en redención y pagará en este orden: mil veinte escudos osea quinientos diez pesos que nos ha (…) en efectivo, moneda corriente a mi satisfacción de que le otorgo formal resguardo con renuncia de la prueba, leyes de la entrega, excepción del anexo no contado y demás del caso, y los doscientos ochenta escudos o ciento cuarenta pesos restantes me los abonará en el término …
002
… de 6 meses contados desde (…) cuyo efecto me ha otorgado una documenta.
En este concepto, me separo de la propiedad y demás acciones que a dicha negra tenía, transfiriéndolas en su hecho y causa propia para que como libre, desde hoy y para siempre, trate, contrate, compre, venda, comparezca a juicio, otorgue poderes, testamentos y haga todo lo demás que practican las personas que disponen de su voluntad. Me obligo con mis bienes a que esta le será cierta y segura en todo tiempo.
Yo, el Escribano Público y de Marina, doy fe conozco a la otorgante y a su esposo que así lo dijo y firmó siendo testigos, Juan Rodríguez, José Prieto y Ángel Solís, de este vecindario.
Firmas: Marina O’Bourke de la Torre, Ignacio de la Torre ante mí Ramón Núñez de Medina
Language
Spanish
Abstract
22 de abril de 1871. Cienfuegos. Matilde O'Bourke, negra, criolla, 25 años, compra su libertad a Marina O'Bourke y Palacios, con el permiso de su esposo, Ignacio María de la Torre, por un total de 1,440 pesos. Matilde paga 650 pesos en efectivo. Los 140 pesos restantes los abonará en dos plazos en el término de 6 meses. Marina O'Bourke se separa de la pertenencia de Mathilde y le da libertad para que compre, venda, comparezca a juicio, otorgue poderes, testamentos y haga todo lo demás que practican las personas que disponen de su voluntad. Testigos Juan Rodríguez, José Prieto y Ángel Solís.
April 22, 1871. Cienfuegos. Matilde O'Bourke, black, Creole woman, 25 years old, buys her freedom from Marina O'Bourke y Palacios, with the permission of her husband, Ignacio María de la Torre, for a total of 1,440 pesos. Matilde pays 650 pesos in cash. The remaining 140 pesos will be paid in two installments within 6 months. Marina O'Bourke separates herself from Matilde's property and gives her freedom to buy, sell, appear in court, grant powers of attorney, wills and do everything else practiced by people who own their will. Witnesses Juan Rodríguez, José Prieto and Ángel Solís.
List of contributors
CIDA
People
Marina O´Bourke y Palacios
Ignacio María de la Torre
Juan Rodríguez
José Prieto
Ángel Solís
Ramón Núñez Medina
Matilde O´Bourke
Location
None