REGISTRO DE PROPIEDAD/PROPERTY REGISTRATION Carmen Soler Lucumí 1896

Item

Rights

Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba

Publisher

University of Galway

Format

JPG

Type

Manuscript

Number of pages

15

Source

Archivo Histórico Provincial, Cienfuegos

Creator

Escribano Jose Joaquin Verdaguer

Identifier

APC_PN_Verdaguer_1896_871

Date

1896-03-23

Surname

Lucumí

Firstname

Carmen Soler

Title

REGISTRO DE PROPIEDAD/PROPERTY REGISTRATION Carmen Soler Lucumí 1896

Translator

CSG

Description

Carmen Soler Lucumí, coheredera de Carlos Monduy Arará, padres legítimos de los esclavos Pascual y Camila, registra la copropiedad de su finca casa.
Where Carmen Soler Lucumí, co-heir of Carlos Monduy Arará, legitimate parents of the slaves Pascual and Camila, registers the co-ownership of her house farm.

Transcript

001 Numero ciento cuarenta y tres
Escritura adicional
Nota al dorso: En su fecha de testimonio a la otorgante en un pliego del sello decimo y tres del duodécimo doy fe. Firma de Verdaguer.
En la ciudad de Cienfuegos a veintitrés de marzo de mil ocho cientos noventa y seis ante mi Don José Joaquín Verdaguer, vecino y notario de la misma y del Colegio de Matanzas, en presencia de los testigos que al final nombraré, comparece la morena Carmen Soler, sin segundo apellido, natural de África y de nación lucumí, de setenta y nueve años, viuda, propietaria, de esta vecindad, con cédula personal expedida…
002
… con el número (…) cientos cincuenta y tres, en esta ciudad, el treinta y uno de diciembre de mil ocho cientos noventa y cuatro, a cuya compareciente doy fe conozco. Y, asegurando hallarse en el pleno goce de los derechos civiles, teniendo a mi juicio la capacidad legal necesaria para este otorgamiento, dice:
Primero: Que, por escritura del veinte de septiembre de mil ocho cientos cuarenta y siete ante mí, el Escribano que fue de esta ciudad, Don José Sainz de la Peña, hoy en el archivo general del distrito, que se haya a mi cargo, y por compra a Don Félix Lamier y Don Francisco María del Canal, el moreno Carlos Monduy adquirió el solar numero veinte y siete situado al Norte de la Calle de Horruitiner de esta ciudad, cuyo…
003
… título de dominio no consta inscripto en el Registro de la Propiedad, por ser anterior a la época de su creación, habiéndose pagado por él, como mismo título lo expresa, los derechos de alcabala, acabalilla, e hipoteca correspondiente, de que yo el Notario doy fe, con vista de dicha escritura.
Segundo: Que el moreno Don Carlos Monduy falleció en esta ciudad el treinta de diciembre de mil ochocientos setenta y cuatro, según certificación de su partida de defunción que se tiene a la vista en este acto y que se acompañará al testimonio de esta escritura a los efectos consiguientes.
Tercero: Que dicho moreno falleció bajo el testamento que dice así =Número quinientos setenta y cinco = Testamento
004
En el nombre de Dios Todo Poderoso, Amén.
Sépase que yo, el moreno liberto Carlos Monduy, natural de África, de nación arará y como de cincuenta años de edad de religión Católica, apostólica, romana; creyendo como firme y verdaderamente creo en el misterio de la santísima Trinidad padre, hijo y espíritu santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero; en la muerte pasión y resurrección de Nuestro Señor Jesús Cristo, Dios y hombre verdadero, y en los demás misterios que cree, predica y confiesa nuestra Santa Madre Iglesia católica, apostólica y romana regida y gobernada por el Espíritu Santo en cuya fe y creencia vivo y protesto continuar hasta mi muerte, temeroso de ella que es natural, y estando en cabal salud mental memoria y entendimiento…
005
… natural que Dios nuestro Señor se ha servido darme, quiero hacer mi testamento y para ellos lo ordeno bajo la advocación de Nuestra Señora de los Ángeles, en la forma que sigue
Primero: Declaro que cuando salí de mi país no recuerdo tuviese allí ningún pariente vivo por ascendencia, ni descendencia.
Ítem: Declaro por mis bienes un solar y casa de tabla y teja en la calle de Horruitiner y demás que aparezca a mi fallecimiento.
Ítem: Declaro que con la de mi clase Carmen Soler, de nación Lucumí, he tenido dos hijos nombrados Pascual y Camila, esclavos, el primero de mi Mr. Partrige y la segunda de la sucesión del…
006
… Sr. Fermín de Gorozabel los que son mayores de doce y catorce años.
Ítem: Nombro a la misma Carmen Soler para tutora y curadora de los expresados mis hijos Pascual y Camila.
Ítem: De la propia manera nombro a Don Francisco María del Canal, de Albacea testamentario, administrador y tenedor de bienes con relevación de la fianza del caso en atención a la entera confianza que tengo en dicho señor.
Ítem: Así mismo nombro a Don Manuel González Obeso de contador partidor.
Ítem: A mi fallecimiento ordeno y mando que todos los bienes que se reconozcan por míos sean la mitad de la citada Carmen Soler, quien me ha ayudado a su adquisición con su trabajo. Sustituyo y nombre por mis únicos herederos a mis dos hijos Pascual y Camila con objeto de que con la parte que les …
007
… toque lo que se […] [sic], si ya no estuviesen libres a su fallecimiento.
Y por el presente revoco, anulo y doy por de ningún valor, ni efecto cualquier otro testamento, concilio o poder para testar que no harán fe en manera alguna excepto el presente, que quiere se guarde y cumpla como su última y determinada voluntad.
Es fecho en Cienfuegos a doce de noviembre de mil ochocientos cincuenta y dos.
Nosotros los infrascritos administradores de esta Escribanía durante la imposibilidad del Renunciatario Don Gregorio Rodríguez Certificamos conocer al otorgante, que al parecer está en su entero juicio y cabal memoria, que así lo digo, otorgo y no firmó por no saber: Lo hicieron los testigos Don Pedro y Don José Guijano que fueron con Don Juan Martínez, vecinos presentes= José…
008
… Quijano= Pedro de la Rosa Quijano. = Ante nos = Luis M. Ramos =José Agustín Álvarez V.B =Moreno y Luyando.
Concuerda lo insertado con su original en el protocolo del Escribano que fue de esta ciudad, Don Gregorio Rodríguez correspondiente al Archivo General de este distrito, que se halla a mi cargo, de todo lo cual doy fe.
Cuarto: Que de los antecedentes consignados resulta que a la compareciente morena Carmen Soler corresponde en propiedad una mitad intelectual o […] del solar adquirido por la citada escritura de veinte y dos de septiembre de mil ochocientos cuarenta y siete y de la fábrica o casa en el existente, según el testamento inserto, correspondiendo la otra mitad de la finca por partes iguales a los morenos Don Pascual…
009
… y Doña Camila Monduy, y agregando la interesada que oportunamente y a los debidos efectos presentará certificación del amillaramiento de esa finca, cuyo valor a los de esta escritura fija en cuatros cientos pesos.
Quinto: Que teniendo la morena Doña Carmen Soler interés en la inscripción en el Registro de la Propiedad de la indicada finca, como co dueña en ella y no constando en los referidos títulos de su adquisición las circunstancias necesarias para la inscripción, ha resuelto adicionar aquellos, y lo lleva a debido efecto por la presente escritura.
Sexto: Que en tal virtud la morena…
010
… Doña Carmen Soler otorga:
Que la descripción de la finca urbana cuya mitad intelectual adquirió por su referido título de herencia, es como sigue:
Séptimo: Casa de planta baja marcada con el número cuarenta y ocho; fabricada de tabla y teja en su terreno de veinte varas de frente por cincuenta varas de fondo, o sea, mil varas planas, equivalentes a setecientos diez y nueve metros y diez centímetros cuadrados que forman el solar número veinte siete antiguo y dos cientos ochenta y uno moderno del plano de esta ciudad; situada dicha finca en la calle de Horruitiner, entre las de Colón y Hernán Cortés, con el frente y la fachada a la primera, al Oeste y lindando por el Norte o derecha con propiedad en sucesión de…
011
… Don Pedro Hernández, o sea, con los solares números treinta y ocho antiguo y dos cientos setenta y cuatro moderno y treinta y siete antiguo y dos cientos setenta y tres moderno; por el Sur o izquierda con otra de la Sucesión de Vázquez, o sea con los solares números veinte antiguo y tres cientos sesenta moderno y diez y nueve antiguo y tres cientos cincuenta y nueve moderno y por el este o espalda con terrenos de la Compañía del Ferrocarril, o sea, con el solar número veinte y ocho antiguo y dos cientos ochenta y dos moderno.
Octavo: Y que, a fin de que por el Señor Registrador de la Propiedad no se ponga impedimento alguno para la inscripción a su nombre y al de los morenos Don Pascual y …
012
… Doña Camila Monduy como codueños en la proporción expresada de la finca descrita en la cláusula anterior. La compareciente morena Carmen Soler formaliza la presente escritura adicional, obligándose a la firmeza en la mejor forma de derecho.
Noveno: Que en la copia de esta escritura adicional se usará el timbre correspondiente a los cuatro cientos pesos del expresado valor de la finca de que se trata lo que se consigna con arreglo a lo prevenido en el artículo diez y nueve de la Instrucción para la Renta del sello y timbre del Estado.
Décimo: La Sra. designa esta ciudad como lugar donde deberán practicarse todas las notificaciones, citaciones y demás diligencias judiciales o extrajudiciales a que por cualquier causa de origen…
013
… esta escritura y hace expresa reserva en ella de la hipoteca legal en virtud de la que tienen el Estado, la Provincia y el Municipio, preferencia para el cobro de la última anualidad del impuesto repartido y no satisfecho por cuenta de la finca descrita.
En fe de lo cual y dándola yo, el Notario, de haber advertido a la otorgante la obligación que tiene de ocurrir con copia de esta escritura y dentro de treinta días contados desde mañana inclusive la Oficina Liquidadora del impuesto sobre Derechos reales y transmisión de bienes para la dictatoría de exención …
014
…correspondiente y después al Registro de la Propiedad para su inscripción con arreglo a la Ley, sin cuyos requisitos será inadmisible en los Juzgados y Tribunales, Consejos y Oficinas del Gobierno si el objeto de la presentación fuere hacer efectivo en perjuicio de tercero el derecho que debió ser inscrito, así lo otorga la morena Doña Carmen Soler ante los testigos Don Laureano Carrasco y Valdés y Don Rafael Entenza y Capote, vecinos de esta ciudad y hábiles para serlo, que firman esta escritura, no haciéndolo la otorgante, por no saber, por lo que a su nombre y ruego firma el Señor Don Jacinto Bohorques y Romero, vecino de esta ciudad a quien doy fe conozco y a quien, y a la misma otorgante y testigos instrumentales, yo el infrascrito Notario leí íntegramente este documento a su elección, instruidos del derecho que…
015
… la ley les concede para hacerlo por sí de que no usaron de todo lo cual doy fe.
Firmas de Jainto Bohorques, Rafael Entenzsa, Laureano Carrasco, y José J. Verdaguer

Language

Spanish

Abstract

23 de marzo de 1896. Cienfuegos. Ante José Joaquín Verdaguer, notario, comparece la morena Carmen Soler, Lucumí, de 79 años, viuda, propietaria, vecina, con cédula 1753.
Primero: Por escritura del 22 de septiembre de 1847 ante el Escribano Público José Sainz de la Peña, el moreno Carlos Monduy adquirió el solar No. 27 Calle de Horruitiner de Felix Lamier y Francisco María del Canal. El título de dominio no consta inscripto en el Registro de la Propiedad, por ser anterior a la época de su creación. Segundo: Carlos Monduy falleció en esta ciudad el 30 de diciembre de 112 de noviembre de 1852. Testamento. En el nombre de Dios Todo Poderoso, Amén. Carlos Monduy Arará, como de 50 años, católico.
Primero: Declaro que cuando salí de mi país no recuerdo tuviese allí ningún pariente vivo por ascendencia. Por mis bienes declaro un solar y casa de tabla y teja en la calle de Horruitiner.
Con Carmen Lucumí, he tenido dos hijos: Pascual y Camila, esclavos, el primero de mi Mr. Partrige y la segunda de la sucesión de Fermín de Gorozabel. Ambos mayores de 12 y 14 años.
Nombro a Carmen Soler tutora y curadora de mis hijos Pascual y Camila, a Francisco María del Canal, Albacea testamentario, administrador y tenedor de bienes y a Manuel González Obeso, contador partidor.
Que la mitad de mis bienes sea para Carmen Soler, quien me ha ayudado a su adquisición con su trabajo. Por mis únicos herederos a mis hijos Pascual y Camila con objeto de que con la parte que les (sic), si ya no estuviesen libres.
Los administradores de la Escribanía por la imposibilidad del Renunciatario Gregorio Rodríguez, Certificamos conocer al otorgante quien no firmó por no saber. Lo hicieron los testigos Pedro y José Quijano que fueron con Juan Martínez, vecinos presentes. José Quijano. Pedro de la Rosa Quijano. Ante nosotros, Luis M. Ramos, José Agustino Álvarez V.B Moreno y Luyando.
Cuarto: A Carmen Soler corresponde una mitad del solar adquirido el 22 de septiembre de 1847 y de la fábrica o casa que en él existe. La otra mitad de la finca, por partes iguales, Pascual y Camila Monduy. Agrega, la interesada, que presentará certificación del amillaramiento de esa finca, cuyo valor fija en 400 pesos.
Quinto: Carmen Soler quiere en inscribirse como codueña de la finca en el Registro de la Propiedad por la presente escritura.
Sexto: Carmen Soler: La descripción de la finca es como sigue:
Séptimo: Casa de planta baja en la calle de Horruitiner 48, de tabla y teja en terreno de 20 varas de frente por 50 varas de fondo (719.10m2) que forma el solar 27 antiguo y 281 moderno del plano de la ciudad. La finca está entre las calles Colón y Hernán Cortés.
Octavo: Carmen Soler formaliza la presente escritura a fin de que no se ponga impedimento para la inscripción a su nombre y al de los menores Pascual y Camila Monduy como codueños en la proporción expresada de la finca
Noveno: Que en la copia de esta escritura adicional se usará el timbre correspondiente a los 400 pesos del valor de la finca de que se trata lo que se consigna con arreglo a lo prevenido en el artículo 19 de la Instrucción para la Renta del sello y timbre del Estado.
Décimo: La Sra. designa esta ciudad como lugar donde deberán practicarse las diligencias judiciales o extrajudiciales a que de origen esta escritura.
Otorga Carmen Soler ante los testigos Laureano Carrasco y Valdés y Rafael Eutenza y Capote. Soler no firma por no saber. A su nombre firma Jacinto Bohorques y Romero.
Firmas de Jainto Bohorques, Rafael Entensa, Kaureano Carrasco, y José J. Verdaguer

List of contributors

CIDA

People

José Joaquín Verdaguer
Carmen Soler
Lucumí
José Sainz de la Peña
Carlos Monduy
Felix Lamier
Francisco María del Canal
Pascual Soler Lucumi
Camila Soler Lucumi
Mr. Partrige
Fermín de Gorozabel
Francisco María del Canal
Manuel González Obeso
Gregorio Rodríguez
Pedro Quijano
José Quijano
Juan Martínez
Pedro de la Rosa Quijano
Luis M. Ramos
José Agustino Álvarez
V.B Moreno y Luyando
Pascual Monduy
Camila Monduy
Laureano Carrasco Valdés
Rafael Eutenza Capote. Jacinto Bohorques Romero.