TESTAMENTARIA (Will) Gonzalo O´Farrill

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Rights

Permission to publish from Archivo Nacional de Cuba

Publisher

University of Galway

Format

JPG

Type

Manuscript

Number of pages

8

Source

Archivo Nacional de Cuba ESCRIBANIAS

Creator

Escribanía de Junco

Identifier

ANC_ESC_Junco_179_2843

Date

1847-09-23

Surname

O'Farrill

Firstname

Gonzalo

Title

TESTAMENTARIA (Will) Gonzalo O´Farrill

Translator

CSG

Description

Donde Eulalia Sedano nombra curadora a su madre Eulalia Cruzat e Isabel Osorno se declara dueña de los bienes de su difunto esposo Gonzalo O´Farrill.
Where Eulalia Sedano appoints her mother Eulalia Cruzat as curator and Isabel Osorno declares herself the owner of the assets of her late husband Gonzalo O'Farrill.

Transcript

001
Doña Eulalia Sedano nombra por su curadora a su madre Doña Eulalia Cruzat continuado por Doña Isabel Osorno para que se declare dueña de todos los bienes de su difunto esposo Don Gonzalo O´Farrill, en merito de la institución de heredera que le hizo por su testamento.
Juez el Sr. Alcalde Mayor Ramón Padilla
Escribano El Sr. Bernardo del Junto
Legajo 179
Expediente: 2843
002

Sr. Alcalde Mayor,
Doña Eulalia Sedano con el respeto debido expone: que el finado Don Gonzalo O´Farrill le lego la cantidad de dos mil pesos y su heredera y albacea desea tenga lugar la entrega con toda brevedad, no habiendo verificado ya por tropezar con el inconveniente que ofrece la menor de edad en que se encuentra la exponente. La partida de bautismos que acompaño así lo demuestra y de ella también se deduce que la edad en que se encuentre es competente para que en tal caso pueda nombrar curador que allane aquella dificultad; y reduciéndolo a efecto ninguna elección ha creído más acertada que la que desde luego hace de la Sra. Su madre Doña Eulalia Cruzat, la cual está pronta a aceptar el cargo bajo las renuncias y demás requisitos necesarios. En esta virtud,
A Su Excelencia suplico se sirva, habiendo por presentada la partida de bautismos, que acompaña, y por hecho el nombramiento de su curadora que va designado, disponer se haga saber este para la aceptación e forma y bajo los requisitos legales, y en consecuencia se le despierna el cargo con el fin expresado por ser gracia y justicia, &
En la Habana, 23 de setiembre de 1847,
Eulalia Sedano
003
En la Habana y septiembre 27 de 1847, por presentada la partida de bautismo que se acompaña, ratifíquese esta instancia para Doña Eulalia Sedano y por ante el presente Escribano y otra de Usted a quien se comete para que ratifique estas diligencias en la escribanía del actuario Don Brigadier Bernardo del Junto
En el mismo día notifique leí y di copia de la anterior providencia a Doña Eulalia Sedano, doy fe. Firmas de Sedano y de Junco
004
Testamento: En el nombre de Dios todo poderoso Amen, sépase que yo, Don Gonzalo O´Farrill, natural de esta ciudad, hijo legitimo del Sr. Don José Ricardo y la Sra. Doña Loreto Arrendondo de la misma naturalidad, ambos difuntos, estando enfermo, pero en mi entero juicio y cabal memoria que Dios nuestro Sr. ha sido servido darme, creyendo como firmemente creo en el altísimo misterio de la Trinidad Santísima, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas realmente distintas y una esencia verdadera y en todos los demás artículos y misterios que cree, predica y enseña, nuestra santa Madre la Iglesia Católica Apostólica Romana bajo cuya fe y creencia he vivido y protesto hacerlo hasta morir como católico y fiel cristiano, temiendo la muerte y su hora incierta he dispuesto mi testamento en la forma siguiente:
Primeramente: Encomiendo mi alma al mismo Dios y Señor que me la dio, creó y redimió en su saber infinito de su preciosísima sangre y pasión de muerte y le suplico a Su Majestad, Soberana con la mayor humildad se digne perdonarla y llevarla a eterno descanso con sus escogidos el cuerpo lo mando a la tierra donde se formó y en su fallecimiento quiero ser amortajado a voluntad de mi albacea, el en entierro y funeral se hará por la archicofradía del Santísimo Sacramento de la Parroquia de Nuestra Sra. De Guadalupe y mi cadáver será sepultado en nicho.
Mando se me digan las tres misas del alma y las demás que tengan a bien mis albaceas, mandar decir:
Que se den de limosna dos reales a cada una de las mandas forzosas y los tres pesos de la patriótica.
Tercero: Declaro que el año de mil ochocientos veinte y cinco contraje matrimonio según ritos de nuestra santa Madre Iglesia con Doña Isabel Osorno de cuyo matrimonio no hemos tenido sucesión ni yo reconozco ninguno y cuando lo contrajimos, mi esposa aporto cuarenta mil…
005
…pesos en efectivo y tres criados.
Cuarto: Declaro por mis bienes los que se encontrasen ser míos al tiempo de mi fallecimiento y de los cuales está bien que disfrute mi consorte.
Quinto: Declaro que nada debo y lo que a mí me deben le consta a mí la referida mi consorte y a mayor rebundamiento aparecerá de mis libros.
Sexto: Es mi voluntad legar a Doña Eulalia Sedano en razón de cariño que le tengo la cantidad de dos mil pesos para que con ellos compre una casita encargando a mi esposa que le entregue esta suma tan luego como fallezca.
Séptimo: También lego a mi amigo, Don Ignacio Ramírez, treinta onzas de oro en atención a la amistad que le profiero.
Octavo: También es mi voluntad legar a mi mayordomo Don Manuel Sáenz y Rueda diez y ocho onzas de oro y además le dispenso la cantidad que en la actualidad me está debiendo.
Noveno: Nombro por mi albacea tenedores de bienes a la referida mi consorte Doña Isabel Osorno en primer lugar y en segundo a mi sobrino Don José Ricardo O´Farrill y O´Farrill, confirmándoles el poder y facultad que por derecho se requiere y sea necesario para que por el orden que van nombrados cumplan esta mi disposición aunque sea pasado el año de albaceazgo que yo les prorrogo el demás termino que necesite
Decimo: Y el remanente de todos mis bienes, deudas, derechos y acciones que por cualquier título o razón que sea me toquen y pertenezcan, instituyo y nombro por mi única y universal heredera a la ante citada mi consorte Doña Isabel Osorno para lo que fuere lo haya y herede con la bendición de Dios.
Onceno: Revoco y anulo otros cualesquiera testamentos, codicilos y poderes, memorias, ni otras disposiciones para testar que antes de este haya hecho no otorgado por escrito de palabra o de otra forma que quiero no valgan ni hagan fe. Salvo el presente que se guarde, cumpla y ejecute por mi última y deliberada y final voluntad de aquella vía y forma que mas haya lugar por derecho.
Fecho En el barrio de Peñalver, extramuros de la ciudad, a treinta de agosto de mil ochocientos cuarenta y siete yo, el Escribano, público y doy fe conozco al otorgante que al parecer está en su entero juicio y cabal memoria.
006
Este lo dijo, otorgó y firmó siendo testigos Don Juan José del Cañal, Don José Pio Rodríguez y Don Manuel Beraza, Vecinos presentes.
Al tiempo del otorgamiento, manifestó que en su poder están en calidad de depósito algunas cantidades de que esta instruida su heredera y albacea, las cuales otorgará a sus dueños inmediatamente que las pidan. Ut supra. Testigos los derechos de que también doy fe. Gonzalo O’Farril: Pedro Vidal Rodríguez,
Es conforme al original que queda en el archivo de mi cargo. Y pedimento del mismo sr. testador, doy el presente el día de su otorgamiento, dejándolo anotado el margen de su marco para constancia
Firma de Pedro Vidal Rodríguez.…
007
Presbítero Don José Anacleto Rivero, Ministro encargado por el Sr. Gobernador del Obispado de esta Iglesia Parroquial de Nuestra Sra. De Guadalupe extramuros de la Habana, durante la ausencia del Cura propietario de ella, certifico que en este libro 21 de entierros de españoles, folio 25, número 145, está la siguiente partida:
En treinta y uno de agosto de mil ochocientos cuarenta y siete se dio sepultura en el cementerio general según consta de la papeleta de su Capellán y se le hicieron los oficios de estilo en esta Iglesia Parroquial de Ntra. Sr. de Guadalupe, al cadáver del Sr. Don Gonzalo O´Farrill, natural de la Habana, y vecino de esta feligresía, hijo legitimo del Sr. Don José Ricardo y de la Sra. Doña Loreto Arredondo, difuntos, de edad de cincuenta y seis años; y En el archivo del escribano, publico Pedro Vidal Rodríguez se encuentra su testamento protocolado otorgado el día treinta del actual, por el cual quiere que a su fallecimiento se le amortaje a voluntad de sus albaceas y el funeral y entierro se hará por la archicofradía del santísimo sacramento de esta parroquia y su cadáver se deposite en nicho: Manda se le digan las tres misas del almo y las demás que tengan a bien sus albaceas. Que se den de limosna dos reales a cada una de las mandas forzosas y los tres pesos a la patriótica: Declara que el año de veinte y cinco contrajo matrimonio según ritos de Ntra.…
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…madre Iglesia con Doña Isabel Osorno de cuyo matrimonio no hubo sucesión ni reconoce hijos de otra clase. Nombra por sus albaceas en primer lugar a la expuesta su esposa Doña Isabel Osorno y en segunda a Don José Ricardo O´Farrill y O´Farrill e instituye por su única e universal heredera a la antedicha su consorte Doña Isabel Osorno según aparece en la cláusula recibió los santos sacramento; y los firme Don Anacleto Riverón
Es Conforme a su original (…) y septiembre 15 de mil ochocientos cuarenta y siete años

Language

Spanish

Abstract

El 23 de septiembre de 1847 en La Habana, Eulalia Sedano dice que Gonzalo O´Farrill le legó 2,000 pesos. Quiere quiere que se le entregue el dinero ya que tiene edad competente para nombrar curador.
30 de agosto de 1847. Habana. Testamento de Gonzalo O ́Farrill, natural de la Habana. Hijo de José Ricardo y Loreto Arrendondo, difuntos, enfermo, pero en su entero juicio declara que el año de 1825 se casó con Isabel Osorno. No tienen hijos. La esposa aportó 40,000 pesos y tres criados.
Gonzalo lega a Eulalia 2,000 pesos en razón de cariño para que se compre una casita encargando a su esposa que le entregue esta suma cuando fallezca. También lega a Ignacio Ramírez, 30 onzas de oro en atención a la amistad. A su Mayordomo Manuel Sáenz Rueda, 18 onzas de oro y le elimina la cantidad que le estaba debiendo el mismo. Nombra como albacea a su esposa Isabel Osorno en primer lugar y a su sobrino José Ricardo O´Farrill y O ́Farrill. Nombra como su total heredera a su esposa. Testigos Don Juan José del Cañal, Don José Pio Rodríguez y Don Manuel Beraza, Vecinos presentes. Firma de Pedro Vidal Rodríguez.
El 31 de agosto de 1847 José Anacleto Rivero, Ministro encargado por el Sr. Gobernador del Obispado de esta Iglesia Parroquial de Nuestra Sra. de Guadalupe de la Habana dio sepultura en el cementerio general a Gonzalo O’Farrill de 56 años.
On September 23, 1847 in Havana, Eulalia Sedano says that Gonzalo O'Farrill bequeathed her 2,000 pesos. She wants the money to be given to her since she is of competent age to appoint a curator.
August 30, 1847. Havana. Will of Gonzalo O'Farrill, a native of Havana, son of José Ricardo and Loreto Arrendondo. both deceased. O'Farrill ill but of sound judgement declares that in 1825 he married Isabel Osorno. They do not have kids. The wife contributed 40,000 pesos and three servants to the marriage.
Gonzalo bequeaths Eulalia 2,000 pesos out of affection so that she can buy a little house, entrusting his wife to deliver this sum to her when she dies. He also bequeaths Ignacio Ramírez 30 ounces of gold in honor of their friendship. To his Butler Manuel Sáenz Rueda, 18 ounces of gold and he eliminates the amount that he owed him. He appointed his wife Isabel Osorno as executor in the first place and his nephew José Ricardo O'Farrill y O'Farrill, in the second. He names his wife as his total heir. Witnesses Don Juan José del Cañal, Don José Pio Rodríguez and Don Manuel Beraza, Neighbors present. Signature of Pedro Vidal Rodríguez.
On August 31, 1847, José Anacleto Rivero, Minister appointed by the Governor of the Bishopric of this Parish Church of Our Lady of Guadalupe in Havana, buried 56-year-old Gonzalo O'Farrill in the general cemetery.

List of contributors

Margaret Brehony
Giselle García González
Cristiián Sánchez González
Mercedes Varona
Teddy Varona

People

Eulalia Sedano
Gonzalo O´Farrill
Eulalia Cruzat
Bernardo del Junto
José Ricardo Arrendondo
Loreto Arrendondo
Isabel Osorno
Ignacio Ramírez
Manuel Sáenz Rueda
José Ricardo O'Farrill O´Farrill
Juan José del Cañal
José Pio Rodríguez
Manuel Beraza
Pedro Vidal Rodríguez

Location

Barrio de Peñalver, Habana, Cuba

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